Iedricick Loman, Rebecca Schleifer, Joseph J Amon
Antecedentes: Casi diez años atrás, en 1961 varios países del mundo adoptaron la Convención Única sobre Estupefacientes, que además de referirse al tema del control de drogas ilícitas, exigía a los países trabajar en contribución del acceso universal de drogas ilícitas necesarias para aliviar el dolor y el sufrimiento. Sin embargo, a pesar de la existencia de medicamentos eficaces y de bajo costo para el alivio del dolor, millones de personas en todo el mundo siguen padeciendo, cada año, dolores moderados e intensos que no son tratados. Discusión: Algunos de los obstáculos importantes que impiden desarrollar un tratamiento eficaz del dolor son: el fracaso de muchos gobiernos para poner en marcha sistemas efectivos de suministro de medicamentos, el hecho de no promulgar políticas sobre el tratamiento del dolor y el cuidado paliativo, la deficiente formación de los profesionales de la salud, la existencia innecesaria de prácticas y regulaciones restrictivas de control de drogas, el miedo existente entre los profesionales de la salud sobre las sanciones legales existentes para la práctica médica legítima y el alto costo que tiene el tratamiento para el alivio del dolor. Estos obstáculos se pueden interpretar no sólo como un fracaso para proporcionar medicamentos esenciales y aliviar el sufrimiento, sino también como violaciones a los derechos humanos. Síntesis: Según las leyes de derechos humanos, los países tienen como obligación proporcionar medicinas para el alivio del dolor como parte de las obligaciones ligadas al derecho a la salud; el no tomar las medidas necesarias para asegurarle a las personas el acceso a tratamientos adecuados del alivio del dolor, puede tener como consecuencia la violación de la obligación con la que deben cumplir todos los estados de proteger a los individuos de todo trato cruel, inhumano y degradante.